El decreto 1273 de julio 23 de 2018 establece modificaciones en el pago de seguridad
social para los independientes, las 4 más importantes son:
1. A partir del 1 de octubre de 2018 el pago será mes vencido.
2. Los riesgos laborales serán asumidos por parte del contratista si su clase de
riesgo es I, II o III pero si su riesgo es IV o V este pago será asumido por el
contratante.
3. Le corresponde al contratante reportar a la ARL los accidentes de trabajo y
enfermedades laborales de los contratistas, así mismo los deberá incluir en las
actividades de prevención y promoción, y en el Sistema de Gestión de Seguridad
y Salud en el Trabajo.
4. A partir de junio de 2019 se realizará retención de dineros por parte del contratante
y éste se encargará del pago de la seguridad social.